Resumen del Artículo Disposición adicional decimoctava

Artículo Disposición adicional decimoctava del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Disposición adicional decimoctava. Excepción a la obligación de retención en determinados supuestos de rentas procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos. No se someterán a retención las rentas procedentes de arrendamientos de bienes inmuebles satisfechos a los titulares…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional decimoctavaDisposición adicional decimoctava

Disposición adicional decimoctava. Excepción a la obligación de retención en determinados supuestos de rentas procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos.

No se someterán a retención las rentas procedentes de arrendamientos de bienes inmuebles satisfechos a los titulares de las viviendas que se acojan al arrendamiento intermediado a través de sociedad pública instrumental, regulado en el artículo 13 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra, y en el artículo 77 del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional decimoctava

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional decimoctava del ISNav?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional decimoctava?

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